Novedades para autónomos: subida de la cuota y nuevas coberturas sociales
05-03-2019
Novedades para autónomos: subida de la cuota y nuevas coberturas sociales
¿Trabajas por cuenta propia? En ese caso ya sabrás que 2019 trae novedades. La más comentada ya la conocerás porque afecta directamente a tu cuenta de resultados mensual.
Subida de cuota, todos los datos
- ¿De cuánto es la subida? La base mínima de cotización aumenta un 1,25%, pasa del 29,8% al 30%. Son unos 5 euros mensuales de una subida que viene acompañada de nuevas coberturas sociales.
- ¿Será la última subida? No. El aumento de 2019 tendrá continuidad los próximos dos años. En 2020, la base mínima de cotización será del 30,3% y del 30,6% en 2021.
- ¿Cuánto más tienes que pagar al mes este año? Con el aumento, la cuota mínima de autónomos se sitúa en 283,3 euros al mes.
- ¿Qué nuevas coberturas sociales se han incorporado a la base mínima de cotización? Hasta ahora pagando lo mínimo (279 euros al mes) estaban incluidas las prestaciones comunes, que eran las únicas que había que pagar, ahora se incluyen prestaciones por contingencias profesionales, cese de actividad y formación.
Cambios en las prestaciones, todos los datos
- A partir de ahora, los trabajadores y trabajadoras autónomos podrán cobrar prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional desde el primer día que cursen baja.
- También podrán dejar de pagar cuota de autónomos a partir del segundo mes de baja por Incapacidad Temporal y hasta el momento de alta.
- Además, podrán acceder a la formación continua bonificada a través de la Fundación Estatal para la Formación para el Empleo (pendiente de regularse este procedimiento).
- Tendrán mayor acceso a la prestación por cese de actividad cuya duración aumenta de 12 a 24 meses.
Casos especiales: autónomos societarios, nuevos autónomos, autónomos con tarifa plana y otros
- Autónomos societarios: también sube la cotización del autónomo societario. La base mínima se sitúa en 1.214,08 euros, lo que supone un incremento de la cuota de 7,22 euros mensuales y 86,64 euros al año. Es decir, que los autónomos societarios pagarán una cuota mensual de 364,22 euros.
- Tarifa plana: se mantiene, pero se encarece. Los trabajadores por cuenta propia que a 31 de diciembre de 2018 se estuvieran aplicando la llamada tarifa plana, deberán cotizar obligatoriamente a partir de dicha fecha por contingencias profesionales, aunque no tendrán que hacerlo por cese de actividad ni por formación profesional como el resto.
- Cese de actividad: aquellos trabajadores que a 31 de diciembre de 2018 tuviesen la cobertura de la protección por cese de actividad podrán continuar igual, pero deberán cotizarse obligatoriamente también por Formación Profesional.
- Nuevos autónomos y autónomas: las personas que emprendan su actividad este año y opten por la base mínima de cotización tendrán una cuota única mensual de 60 euros durante los 12 meses siguientes a la fecha del alta. Esa cuota comprenderá tanto las contingencias comunes como las contingencias profesionales.
- Baja por maternidad: otra importante novedad es que las trabajadoras autónomas tendrán acceso a la tarifa plana de un año en los dos años posteriores a la baja por maternidad sin necesidad de cesar previamente la actividad, tal y como se requería hasta ahora.
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