Una ley que se adapta a la nueva movilidad

Una ley que se adapta a la nueva movilidad

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Una ley que se adapta a la nueva movilidad

El 24 de julio de 2025, se dio un paso firme hacia el futuro de la movilidad urbana, aprobando una reforma que actualiza la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, ya vigente desde 2004. Pero esta no es una simple modificación técnica: es una respuesta directa a los cambios que han transformado nuestras calles, donde los coches ya no son los únicos protagonistas.

 

La normativa incorpora a los VPL como parte del tráfico urbano

La nueva ley reconoce oficialmente a los Vehículos Personales Ligeros (VPL), una categoría que engloba a los patinetes eléctricos, bicicletas con asistencia, segways, hoverboards y otros dispositivos que, hasta ahora, circulaban entre normas locales y vacíos legales. Estos vehículos, pensados para una sola persona y propulsados exclusivamente por motores eléctricos, se han convertido en parte esencial del paisaje urbano.

La ley no solo les da nombre, sino que establece criterios claros para definirlos:

  • Si pesan menos de 25 kg y alcanzan velocidades entre 6 y 25 km/h,
  • Si superan los 25 kg, pero no pasan de los 14 km/h,

 Las 2 tipologías entran en la categoría de VPL y, por tanto, están sujetos a las nuevas obligaciones.

 

Un seguro para proteger a todos

A partir de enero de 2026, estos vehículos deberán contar con un seguro obligatorio de responsabilidad civil, al igual que los coches o motocicletas, aunque con unos límites de indemnización menores a los que tiene el tradicional seguro de automóvil. Esta medida busca algo más que orden: pretende garantizar que, en caso de accidente, las víctimas estén protegidas y puedan recibir una compensación justa.

Hasta ahora, la regulación de estos vehículos dependía de cada ayuntamiento, generando confusión y desigualdad. Con esta ley, se establece un marco común que aporta claridad y seguridad jurídica.

 

Vehículos identificados para una movilidad más segura

Para que el seguro funcione y las responsabilidades puedan atribuirse correctamente, los VPL deberán estar registrados en la Dirección General de Tráfico (DGT). Esto implica que deberán portar una matrícula o etiqueta identificativa, cuyo formato se definirá en el desarrollo reglamentario posterior.

Este sistema no solo facilita la gestión de los siniestros, sino que también refuerza la trazabilidad de los vehículos, algo esencial en un entorno donde la movilidad es cada vez más diversa.

 

Redefiniendo la circulación urbana

Uno de los cambios con un carácter más técnico, pero no menos importante, es la ampliación del concepto “hecho de la circulación”. Hasta ahora, se podían dar situaciones que generaban cierta confusión. La nueva ley, alineada con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, aclara que cualquier uso del vehículo como medio de transporte —incluso si está detenido o en un recinto privado— se considera circulación.

Eso sí, se excluyen los casos relacionados con la fabricación del vehículo o su transporte como mercancía, que requerirán seguros específicos.

 

Un baremo más justo, pensado para las personas

La ley también revisa el sistema de valoración de daños personales, más conocido como baremo, que se utiliza para calcular las indemnizaciones para las víctimas de accidentes. Se sustituye el Índice de Revalorización de las Pensiones (IRP) por el Índice de Precios al Consumo (IPC), lo que permitirá actualizar las compensaciones de forma más realista y equitativa.

Además:

  • Se mejora el tratamiento del lucro cesante, es decir, la pérdida de ingresos por el accidente.
  • Se refuerzan los derechos de los herederos si la víctima fallece antes de recibir la indemnización.
  • Se elimina el requisito de mínimo un mes de baja para poder reclamar, una medida que corrige una injusticia que afectaba especialmente a personas que no cotizan, como las amas de casa.
  • Las indemnizaciones del Consorcio por daños personales no tributan en el IRPF, igual que las de las aseguradoras.Es decir, si recibes una compensación por un daño personal, no tendrás que pagar impuestos por ella.

 

El Consorcio de Compensación de Seguros, un respaldo clave

El Consorcio de Compensación de Seguros amplía su papel como fondo de garantía. Ahora también cubrirá los daños causados por vehículos asegurados en entidades extranjeras insolventes, siempre que el perjudicado resida en España. Si el accidente ocurre fuera del país, será OFESAUTO quien asuma la indemnización.

Este refuerzo busca evitar que las víctimas queden desprotegidas por problemas financieros de las aseguradoras implicadas.


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