El renting como fórmula de financiación para las empresas

El renting como fórmula de financiación para las empresas

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El renting como fórmula de financiación para las empresas

En 2015 el renting vuelve a ser una opción interesante para las empresas. De acuerdo a los últimos datos publicados por la Asociación Española de Leasing y Renting (AELR), las empresas han adquirido hasta el mes de abril más de 205.000 vehículos, lo que supone el 49% de los vehículos matriculados hasta esa fecha. Esta cifra total refleja un incremento del 25,8% respecto al mismo periodo de 2014.

Pero… ¿qué es el renting?

En sentido literal, el término anglosajón renting se traduciría como alquiler. Se trata de un contrato de arrendamiento de un bien a medio y a largo plazo complementado con otros servicios, mediante el cual una  empresa puede disponer de un vehículo pagando una cuota mensual por su uso (puede utilizarse el renting para otro tipo de bienes, pero el más habitual es el de coches).

En la cuota que se paga a la empresa de renting ya están incluidos todos los servicios asociados a su uso (seguros, revisiones  mantenimiento del vehículo, cambio de ruedas, impuestos, coche de sustitución mientras el vehículo está en el taller). La empresa usuaria del bien sólo tendrá que hacerse cargo del combustible, los peajes, las multas y los gastos de reparación por mala conducción.

Diferencias entre renting y leasing

Se diferencia del leasing financiero porque, en principio, no hay intención por parte del usuario del bien en adquirir su propiedad.

El plazo del contrato de renting puede ser libremente pactado por las partes. En el renting de vehículos el plazo máximo suele ser de 60 meses. A su finalización, la empresa tendrá la opción de devolver el bien a la compañía de renting en el lugar y condiciones que ésta indique, o bien acordar un nuevo contrato de arrendamiento en las condiciones que se establezcan, para lo que la empresa deberá estar al corriente de pago.

Ventajas del renting

Para los autónomos y resto de empresas el renting tiene importantes ventajas fiscales, ya que las cantidades pagadas correspondientes al arrendamiento del vehículo tienen el carácter de deducibles siempre que el bien esté afecto a la actividad  y que sea necesario para el desarrollo de la misma.

Otra ventaja más del renting es que en el balance de la empresa no aparece como deuda, simplemente es un gasto.

El renting en el ordenamiento jurídico español no tiene una regulación expresa, por lo que puede señalarse que se trata de un contrato de los denominados atípicos. Para su interpretación y alcance, se recurre a las disposiciones de los arrendamientos de  bienes del Código Civil.

A continuación, incluimos un cuadro desarrollado por las Cámaras de Comercio en el que de forma resumida se aprecian las diferencias entre el contrato de renting y el contrato de leasing:

RentingLeasing
Contrato para utilizar un bien sin involucrarse en la compraContrato para financiar la adquisición de un bien
El contrato incluye todo lo necesario para el buen funcionamiento del bienRequiere contratar adicionalmente los servicios de seguros, mantenimiento, etc., …
La renta mensual incluye otro tipo de serviciosLa cuota mensual representa un servicio financiero exclusivamente
En cuanto a su registro contable, no figura deuda alguna en el balanceEl compromiso contractual figura como deuda en el pasivo de la sociedad
Normalmente no existe opción de compraEl contrato tiene una opción de compra para el cliente
No hay períodos mínimos de duración, siendo también más flexible en cuanto a los plazosSi se trata de bienes muebles, el contrato de leasing exige una duración mínima de dos años


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