Nuevas normas para motoristas: qué cambia a partir de octubre de 2026

Nuevas normas para motoristas: qué cambia a partir de octubre de 2026

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Nuevas normas para motoristas: qué cambia a partir de octubre de 2026

Si utilizas la moto o el ciclomotor para ir a trabajar, moverte por ciudad o hacer viajes por carretera, hay algunos cambios que te interesa conocer. El 1 de octubre de 2026 entra en vigor el Real Decreto 518/2026, que modifica el Reglamento General de Circulación e introduce nuevas medidas de protección para quienes utilizan motocicletas y ciclomotores.

Entre las principales novedades están la obligación de llevar calzado cerrado en todo tipo de vías, utilizar guantes en vías interurbanas y llevar un chaleco reflectante en determinadas circunstancias. También se regula de forma más precisa la circulación de las motos por el arcén en situaciones de congestión y se aclara el uso de los intercomunicadores integrados en el casco.

A continuación, te contamos qué cambia y qué debes tener en cuenta si conduces una moto o un ciclomotor.

 

¿Cuándo entran en vigor las nuevas normas?

El Real Decreto 518/2026 se publicó en el BOE el 26 de junio y establece que sus modificaciones entrarán en vigor el 1 de octubre de 2026. Hasta entonces, se mantiene la normativa actualmente vigente.

A partir de esa fecha, las nuevas obligaciones relativas al equipamiento y a la circulación serán aplicables a conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores.

 

Calzado cerrado: obligatorio también en ciudad

Una de las novedades que más puede afectar a quienes utilizan la moto a diario es la obligación de utilizar calzado cerrado que cubra todo el pie.

La medida se aplica tanto a quien conduce como a quien viaja como pasajero y en todo tipo de vías, tanto urbanas como interurbanas. Por tanto, el hecho de utilizar la moto únicamente para desplazamientos por ciudad no exime de esta obligación.

En la práctica, esto significa que el calzado abierto que no cubra completamente el pie no cumple con la nueva exigencia. Conviene tenerlo especialmente en cuenta durante los meses de verano, cuando es más habitual utilizar calzado abierto.

Además de ser una obligación legal, utilizar un calzado que proteja y sujete bien el pie es una medida de seguridad importante. En caso de caída, las manos y los pies suelen estar entre las primeras partes del cuerpo que entran en contacto con el suelo.

 

Guantes: obligatorios cuando circules por carretera

Los guantes también pasan a formar parte del equipamiento obligatorio, aunque aquí la norma distingue entre vías urbanas e interurbanas.

Desde el 1 de octubre, conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores deberán utilizar guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas. En los desplazamientos exclusivamente urbanos no existe esta obligación general, aunque utilizar guantes sigue siendo una medida recomendable de protección.

Tanto no utilizar los guantes cuando sean obligatorios como circular sin el calzado exigido se consideran infracciones graves y pueden sancionarse con 200 euros.

 

¿Tengo que llevar un chaleco reflectante en la moto?

Esta es probablemente una de las novedades que más dudas está generando.

La respuesta corta es: sí, las motocicletas deberán llevar un chaleco reflectante de alta visibilidad entre su dotación obligatoria, pero eso no significa que tengas que conducir con él puesto en tus desplazamientos habituales. El chaleco debe cumplir los requisitos establecidos para los equipos de protección individual y podrá guardarse, por ejemplo, en el espacio disponible de la propia moto.

Hay, además, dos situaciones diferentes en las que sí tendrás que utilizarlo:

  • Si tienes que salir de la moto y ocupar la calzada o el arcén de una vía interurbana, deberás ponerte el chaleco reflectante.
  • Si conduces una motocicleta como parte de una actividad profesional, tendrás que llevarlo puesto durante la circulación, tanto en vías urbanas como interurbanas. Es el caso, por ejemplo, de quienes trabajan como repartidores o riders en moto.

Por tanto, para una persona que utiliza su scooter particular para ir al trabajo por ciudad, la obligación general es llevar el chaleco en la moto, no conducir con él puesto.

 

¿Podrán las motos utilizar el arcén cuando haya atasco?

Sí, pero no en cualquier carretera ni siempre que haya tráfico.

La nueva normativa permite habilitar de forma extraordinaria el arcén derecho para las motocicletas cuando exista congestión del tráfico. Para hacerlo, el tramo debe haber sido previamente acordado por las autoridades competentes y estar correctamente señalizado mediante señales verticales y marcas viales.

Además, deben cumplirse estas condiciones:

  • La circulación de los carriles debe estar detenida por la congestión.
  • La velocidad máxima será de 30 km/h.
  • Las motos deberán circular en columna de a uno.
  • Será necesario extremar la precaución y abandonar el arcén si se pone en riesgo a otros vehículos que estén obligados a utilizarlo.

Por tanto, no se trata de una autorización general para que las motos circulen por el arcén cuando haya retenciones. Solo será posible en los tramos que hayan sido habilitados y señalizados para ello.

 

¿Puedo utilizar un intercomunicador para el GPS?

La nueva regulación aclara una cuestión que durante años ha generado dudas entre los motoristas.

Desde octubre se permite utilizar dispositivos inalámbricos certificados u homologados integrados en el casco de los conductores de motocicletas y ciclomotores cuando se utilicen exclusivamente para intercomunicación o navegación y siempre que no afecten a la seguridad de la conducción.

Esto permite, por ejemplo, utilizar un sistema integrado en el casco para seguir las indicaciones de navegación o comunicarse con el pasajero.

Eso sí, la excepción no significa que cualquier dispositivo de audio sea válido. La norma mantiene la prohibición de utilizar cascos, auriculares u otros instrumentos que disminuyan la atención permanente a la conducción. Tampoco se permite utilizar el teléfono móvil de forma que implique incumplir las condiciones establecidas por la normativa. (no se puede utilizar el móvil para recibir o realizar llamadas, ni tampoco la utilización del mismo ni auriculares para escuchar, p.ej. música o la radio)

 

¿Hay algún cambio relacionado con el casco?

Sí. El nuevo Reglamento General de Circulación establece que los cascos utilizados por conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores deberán estar homologados conforme al Reglamento UNECE R22 y correctamente abrochados.

En el caso de los ciclomotores existe, además, un periodo transitorio: durante el año siguiente a la entrada en vigor de la reforma podrán seguir utilizándose los cascos certificados que ya contempla la normativa actual.

Por eso, si utilizas un ciclomotor, puede ser un buen momento para comprobar qué homologación tiene tu casco y si necesitas sustituirlo.

 

¿Qué debería revisar antes del 1 de octubre?

Si utilizas la moto o el ciclomotor con frecuencia, estas son las principales comprobaciones que puedes hacer antes de que entre en vigor la nueva normativa:

  • Calzado: asegúrate de utilizar un calzado cerrado que cubra todo el pie, también cuando circules por ciudad.
  • Guantes: si haces trayectos por carretera, recuerda que serán obligatorios para conductores y pasajeros.
  • Chaleco reflectante: comprueba que llevas uno en la moto y que cumple los requisitos exigidos.
  • Casco: revisa que esté correctamente homologado y que lo llevas siempre bien abrochado.
  • Intercomunicador: si utilizas uno, comprueba que está certificado u homologado y que está integrado en el casco para utilizarlo con fines de navegación o intercomunicación.
  • Rutas habituales: si sueles circular por carretera, recuerda que el uso del arcén en caso de congestión solo estará permitido en los tramos que hayan sido habilitados y señalizados.

La reforma busca mejorar la seguridad de quienes utilizan vehículos de dos ruedas, un colectivo especialmente vulnerable en caso de accidente. Conocer las nuevas obligaciones y preparar el equipamiento con tiempo puede ayudarte a evitar sanciones y, sobre todo, a circular con mayor seguridad.

Como siempre, las ordenanzas municipales pueden establecer normas específicas sobre determinados aspectos de la movilidad urbana, por lo que, para cuestiones relacionadas con la circulación o el estacionamiento en una localidad concreta, conviene consultar también la normativa municipal correspondiente.

 

En LABORAL Kutxa sabemos que moverse con seguridad es importante, tanto en los desplazamientos diarios como cuando toca salir a carretera. Por eso, además de conocer las normas, merece la pena revisar que la moto, el equipamiento y el seguro estén preparados para el uso que haces de ellos.


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