Planes de pensiones: novedades principales tras la reforma fiscal de 2015

Planes de pensiones: novedades principales tras la reforma fiscal de 2015

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Planes de pensiones: novedades principales tras la reforma fiscal de 2015

Explicamos las novedades principales de los planes de pensiones tras la reforma fiscal de 2015. No sin antes recordarte que puedes acudir a LABORAL Kutxa si te interesa contratar uno de nuestros planes. Acércate a nuestras oficinas, si tienes dudas, te asesorarán gestores y gestoras expertos en productos financieros.

Ser previsor nunca está de más, y más todavía en tiempos de incertidumbre como los que se viven actualmente, a pesar de los signos de mejora de expectativas. Por ello, cada vez es más habitual que personas de cualquier edad se planteen ir ahorrando por adelantado para complementar en el futuro la pensión de la Seguridad Social. En este artículo te explicamos las novedades principales de los planes de pensiones tras la reforma fiscal de 2015. No sin antes recordarte que puedes acudir a LABORAL Kutxa si te interesa contratar uno de nuestros planes. Acércate a nuestras oficinas, si tienes dudas, te asesorarán gestores y gestoras expertos en productos financieros.

Planes de pensiones: novedades principales tras la reforma fiscal de 2015

¿Cuánto se puede aportar a un plan de pensiones?

Desde el 1 de enero de 2015, el límite de aportación anual a los planes de pensiones es la menor de estas dos cantidades:
  • El 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas.
  • 8.000 euros.
Por lo tanto, el máximo que se podrá desgravar será de 8.000 euros. Este límite es independiente de la edad del partícipe (la persona que realiza las aportaciones al plan). También se ha modificado la cantidad máxima que se puede aportar a favor del cónyuge, en el caso de éste o ésta tenga ingresos menores a 8.000 euros anuales. Este límite ahora es de 2.500 euros.

¿Cuándo se puede rescatar un plan de pensiones?

Anteriormente, solo se podía rescatar el dinero aportado a un plan de pensiones en el momento de la jubilación, o en caso de incapacidad laboral total y permanente, fallecimiento del partícipe o beneficiario, desempleo de larga duración o desahucio. Sin embargo en la actualidad se puede retirar el dinero tras 10 años desde la primera aportación. Las aportaciones realizadas a planes antes del 1 de enero de 2015 el rescate es posible a partir del 1 de enero de 2025.

¿Cómo se rescata un plan de pensiones?

El dinero rescatado a efectos fiscales cuenta como rentas del trabajo (como si fueran una nómina o salario) por lo que los ingresos al rescatar un plan de pensiones computan en la base general para calcular el IRPF. El IRPF es un impuesto progresivo, por lo que cuanto mayor sea la cantidad, mayor será el porcentaje que se tiene que pagar a Hacienda.

Los tipos impositivos aplicados son los siguientes:

Base imponible2015  (%)2016 (%)
Hasta 12.45019,519
Hasta 20.2002524
Hasta 35.2003130
Hasta 60.0003937
Más de 60.0004645
 

Las aportaciones anteriores a 2006 rescatadas en forma de capital (todo de golpe) tenían una reducción del 40%. Sin embargo, a partir de 2015, esta reducción queda limitada y solo se puede aplicar cuando el cobro se solicite en el momento de la jubilación o contingencia o en los dos años siguientes.

¿Cobrar de golpe o poco a poco?

Una vez estudiados los tramos del IRPF tenemos que decidir si nos compensa más cobrar el rescate todo de golpe o poco a poco en forma de renta. Se puede dar el caso de que sumando el cobro total del plan de pensiones a nuestra base imponible anual por el cobro de la pensión de jubilación, pasemos a un tramo del IRPF en el que tengamos que pagar un mayor porcentaje como impuesto. En ese caso, hay que valorar si no es más conveniente rescatar el plan poco a poco. De hecho, se suele ofrecer la posibilidad de cobrar una parte en forma de capital y otra en forma de renta vitalicia, para optimizar el impacto fiscal del cobro del rescate.


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