¿Qué impuestos tengo que pagar? Impuestos directos
15-09-2015
¿Qué impuestos tengo que pagar? Impuestos directos
Los impuestos. Una palabra tan temida como necesaria. Temida porque supone un desembolso económico que nos resta liquidez pero necesaria porque, gracias a los impuestos, los gobiernos pueden hacer frente a gastos como la sanidad y la educación pública, o el pavimentado de nuestra calle, sin ir más lejos. Sin embargo y pese a su importancia, ¿sabemos realmente qué tributos pagamos y cuál es su normativa? Hoy comenzamos una serie de post sobre impuestos, explicando lo que son los impuestos directos.Diferencias entre los impuestos directos e indirectosLos impuestos directos gravan la riqueza de los ciudadanos, por ejemplo, la posesión de un patrimonio o la obtención de una renta. En los impuestos directos la persona sobre la que recae la obligación de declarar el impuesto es también la responsable de pagarlo. Los indirectos (de los que hablaremos en otro artículo) gravan la utilización de la riqueza, como el consumo o la transmisión de renta. En este caso, la persona obligada por el impuesto actúa como recaudador, pero no es quien paga. Es lo que ocurre con el IVA, por ejemplo. Los consumidores lo pagamos en todo tipo de productos y servicios, pero quien nos lo cobra no se lo queda, tiene la obligación de ingresarlo en Hacienda.¿Cuáles son los impuestos directos?En el estado español los impuestos directos son los siguientes:
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
- Impuesto sobre Sociedades.
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
- Impuesto sobre el Patrimonio.
- Regulación a nivel nacional: Ley 35/2006 de 28 de noviembre y Real Decreto 439/ 2007 de 30 de marzo.
- Regulación en el País Vasco y Navarra: Se puede acceder a la normativa de cada territorio a través de los siguientes links: Álava/Araba, Bizkaia, Gipuzkoa y Navarra.
- Normativa del País Vasco: Aspectos generales.
- Normativas forales en Bizkaia, Álava, Gipuzkoa.
- Normativa Navarra: Aspectos generales.
- Exención de la vivienda habitual de 400.000 euros en Álava y Bizkaia y de 300.000 en Gipuzkoa.
- Mínimo exento de 700.000 euros en Gipuzkoa y de 800.000 en Álava y en Bizkaia.
- Tarifa: Álava (0,2-2,5%); Bizkaia (0,2-2%); y Guipuzkoa (0,25-1%).
- Exención de la vivienda habitual: 250.000€.
- Mínimo exento: 800.000€ (311.023€ en 2014)
- Tarifa: Se rebaja respecto a la de 2014 aprobando una con tipos desde el 0,16 al 2%.
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