¿Qué hacer si tienes vecinos o negocios ruidosos cerca?

¿Qué hacer si tienes vecinos o negocios ruidosos cerca?

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¿Qué hacer si tienes vecinos o negocios ruidosos cerca?

¿Tienes un vecindario ruidoso? El exceso de ruido se considera una violación del derecho a la intimidad personal y familiar. Te contamos qué derechos te asisten y qué puedes hacer para intentar atajar este problema tan molesto

El vecino de abajo taladra las paredes a cualquier hora del día. El bar más próximo pincha música a pleno volumen. Los estudiantes que viven de alquiler en el edificio cada dos por tres están de juerga. Los tacones de la vecina de arriba sobre el parqué se oyen a todas horas. El motor de la máquina barredora del Ayuntamiento es insoportable de madrugada… Las causas del ruido son tantas y tan diversas que hacen de él un problema común en muchos de nuestros vecindarios.

Un problema muy común

Según datos de 2017 del Instituto Nacional de Estadística, el 15,2 % de los hogares españoles sufre ruidos producidos por vecinos o en el exterior y el ocio es una de las actividades que más quejas genera. Si te está pasando, en primer lugar debes saber que existen varias vías para evitarlo:
  • Amistosa: se trataría de solucionar el problema de forma cordial, pidiendo a quien causa el ruido que deje de hacerlo.
  • Administrativa: se puede cursar una denuncia administrativa en el Ayuntamiento. Si la policía municipal comprueba que el número de decibelios supera el nivel permitido, se abre un expediente contra la persona responsable, a quien se podrá sancionar y exigir medidas correctoras.
  • Vía contencioso-administrativa: existe la posibilidad de denunciar la inacción de la Administración o su falta de actuación y reclamar una indemnización por las consecuencias de sus acciones u omisiones.
  • Judicial: si la actividad molesta continúa, se puede demandar al responsable, aportando las mediciones realizadas por la policía o por una empresa de peritaje, para que cese la molestia y también para obtener una indemnización por el daño, porque el ruido puede ser causa de insomnio y otros problemas de salud. Si ese fuera el caso, es conveniente contar con testimonios y certificados médicos. Puede ser muy útil contratar los servicios de un jurista desde el principio, para evitar dar pasos en falso, sobre todo si el problema es grave y hay muchas personas afectadas.

Lo que puedes hacer, del primer al último paso

En estas líneas te explicamos, por orden, qué puedes hacer para hacer que cesen las molestias a causa del ruido.

Mejor, por las buenas. Respira hondo y opta por el diálogo como primera medida. Todos debemos cumplir las reglas de convivencia esenciales. Antes de nada, piensa que llegar a la denuncia no es lo más deseable.

Pide la mediación del vecino o vecina que esté llevando la presidencia de la comunidad para que requiera a quien corresponda el cese inmediato de la actividad que produce el ruido molesto. La Ley de la Propiedad Horizontal, en su artículo 7, recoge expresamente que quien preside la comunidad puede realizar este tipo de requerimientos. A ser posible, por escrito.

Si apelar a la buena educación no es suficiente para recobrar la paz, es el momento de echar mano de los recursos legales existentes; sobrepasar los niveles de ruido hasta el punto de perturbar la tranquilidad se considera una violación del derecho a la intimidad personal y familiar. En ese caso, recuerda:

  • La unión hace la fuerza. Es preferible que sea la comunidad quien presente la demanda. Si el problema continúa, la junta de personas propietarias puede aprobar la presentación de una demanda contra quien sea causante de los ruidos. Además de solicitar que terminen los ruidos -como decíamos-, puede exigirse una indemnización por daños y perjuicios, e incluso privar a la persona denunciada del derecho al uso de la vivienda o local por un periodo de tiempo o incluso el fin del contrato si se tratara de alguien que tiene la casa alquilada.
  • Previamente sería aconsejable comprobar que se están sobrepasando los niveles máximos de ruido a través de una denuncia a la policía, que hará las oportunas mediciones, o encargar un peritaje a una empresa especializada. De este modo, la prueba de la superación de los límites sonoros tendrá valor ante el juzgado. Al interponer la demanda conviene incluir a todas las personas residentes, ya que si hubiera indemnización se concede a las personas afectadas.
  • Si la comunidad decide no actuar, tendrás que decidir tú si acudir a título particular a los tribunales. Para hacer más presión, podrías optar por encargarle los trámites a tu seguro de hogar, siempre que tengas cobertura de reclamación de daños. No olvides que las pruebas son esenciales en el juicio (escritos de queja a quien molesta, denuncias a la policía, partes de mediciones en diferentes momentos…).
Los procesos judiciales son siempre largos e inciertos pero te amparan la Ley del Ruido, aprobada en 2003, y distintas normas europeas, reglamentos autonómicos y ordenanzas municipales. En cualquier caso, ten en cuenta que los límites sonoros (decibelios) permitidos y sus horarios varían un poco en cada localidad. Las ordenanzas municipales establecen horarios y límites permitidos en función de la zona (residencial, industrial, docente, etc.). El tope de decibelios permitido en el interior de una vivienda también está regulado localmente y no es el mismo en los dormitorios que en el resto de las estancias.

Y si, como en el caso de la máquina barredora, ¿el responsable del ruido es el propio Ayuntamiento? Una de dos, o la Administración local está incumpliendo sus propias normas o es que los límites en la localidad son demasiado permisivos. Ante problemas así son muchas las localidades en las que los vecinos y vecinas se han agrupado para recoger firmas y pedir a su administración local que sea más vigilante con la normativa o regule de forma más restrictiva los horarios y el nivel de ruido tolerable.

Por último, si el causante del ruido fueran elementos del propio edificio (maquinaria del ascensor ruidoso, cañerías que suenan demasiado, etc.), la Ley de la Ordenación de la Edificación prevé unos plazos de entre uno a tres años desde la entrega de la vivienda para poder reclamar a la empresa promotora la corrección de los defectos constructivos. El aislamiento es muy importante, no sólo protege de los ruidos del propio inmueble sino de la contaminación acústica en general.

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