He ganado un sorteo por internet: ¿tengo que pagar impuestos?
08-10-2020
He ganado un sorteo por internet: ¿tengo que pagar impuestos?
“El golfo de Botnia”. Con estas cuatro palabras Valentín, Manuel, Erundino y Alberto, “Los Lobos”, se embolsaron el premio más alto jamás concedido en televisión, 6,68 millones de euros… eso sí, antes de impuestos. Después de pasar por Hacienda, la cantidad se redujo sensiblemente.
De entrada, la Agencia Tributaria se llevó un 19% del premio, es decir 1,3 millones, como anticipo de la cuota de IRPF. Al ser un premio proveniente de un organismo no oficial (como Loterías y Apuestas del Estado, la ONCE o la Cruz Roja), su cuantía estaba sujeta a tributación en la declaración de la Renta. Y eso significa que, en el caso de “Los Lobos”, cada uno de sus integrantes tuvo que declarar su parte del premio como ingreso patrimonial y pagar entre un 46% y un 50% del total, en función de la comunidad autónoma en la que residía. Es decir, que la cantidad final que recibieron fue de entre 720.000 y 672.000 euros, muy lejos de los 1,67 millones que les hubieran correspondido “en bruto”.
Este ejemplo es uno de los más espectaculares de los últimos años pero ¿sabes cuáles son los premios que debes declarar a Hacienda? Por ejemplo, ¿tienes que pagar algo si ganas un sorteo en internet? ¿O si te toca la lotería? ¿Y qué debes hacer si tu banco te hace un regalo? A continuación intentamos resolverte algunas de las dudas sobre la fiscalidad de los diferentes premios.
Premios en metálico
Los premios en metálico se dividen en dos categorías, a efectos tributarios:- Los que otorgan las loterías organizadas por instituciones nacionales, autonómicas y europeas, la ONCE y la Cruz Roja. Si te toca uno de estos premios tendrás que pagar un único impuesto del 20% en el momento de cobrar el premio, siempre y cuando su cuantía sea mayor de 40.000 euros. En caso de que no llegue a esta cantidad, no tendrás que pagar nada.
- El resto de los premios en metálico. En este caso, como en el de “Los Lobos”, debes tener en cuenta tres cosas: la cuantía, la comunidad autónoma o el territorio foral en el que resides y el resto de tus ingresos. ¿Por qué? De entrada, para cualquier premio en metálico deberás pagar el 19%, y a continuación, declararlo como ingreso en tu declaración de la renta. De esta forma, tendrás que sumarlo como ingreso a tus rendimientos de trabajo y hacer el cálculo del tipo que te corresponde con el importe total.
Premios en especie
- En caso de que ganes, por ejemplo, una cesta de Navidad valorada en más de 300 euros en un concurso por internet, debes asegurarte de que las bases del concurso ya recogen la retención para el IRPF, que suele ser del 19%. De esta forma el importe total sobre el que se aplicará la retención en tu declaración de IRPF será la suma de la valoración de esa cesta y del ingreso a cuenta del 19%, excepto que hayas sido tú quien ha tenido que pagar ese ingreso.
- Si lo que has ganado es, por ejemplo, un iPad o un móvil de última generación en un sorteo, el procedimiento es el mismo: en caso de que el importe estimado del premio sea superior a los 300 euros, deberás incluir en tu declaración de la renta la valoración del dispositivo y el ingreso a cuenta del 19%.
- Hay ocasiones en las que las entidades de ahorro te hacen algún regalo a la hora de contratar uno de sus productos. Estos regalos se consideran un rendimiento de capital y están sujetos a tributación fija en función de su valor de mercado. En este tipo de situaciones es la propia entidad la que te debe informar sobre ese valor y la tributación que le corresponde. Con carácter general, si la valoración del regalo es inferior a los 6.000 euros la tributación es del 19%. Así, será la propia entidad la que emitirá un certificado de retenciones en el que desglosará el valor y el ingreso a cuenta, es decir, la retención que ha efectuado la entidad por ese regalo.
¿Cuál es tu reacción?