Principales dudas sobre el alta y baja de autónomos en la seguridad social

Principales dudas sobre el alta y baja de autónomos en la seguridad social

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Principales dudas sobre el alta y baja de autónomos en la seguridad social

Poner en marcha un proyecto, idea o empresa por cuenta ajena conlleva algunos quebraderos de cabeza: trámites, papeleo, solicitudes, documentos, etc. Ponerle punto y final, también. Estas son las respuestas a las principales dudas sobre el alta y baja de autónomos en la Seguridad Social, que pueden serte de gran ayuda en el proceso.

Darse de alta y baja de autónomos en la Seguridad Social es un trámite que se puede realizar tanto de manera presencial como online a través de RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).

Principales dudas sobre el alta y baja de autónomos en la Seguridad Social

Aunque no es una gestión complicada, suele despertar varios interrogantes. Estas son las preguntas más frecuentes y sus correspondientes respuestas.

Preguntas frecuentes sobre el alta de autónomos en la Seguridad Social

¿Puede un autónomo darse de alta en la Seguridad Social?

Sí, cualquier persona o trabajador que sea habitante de España. De hecho, resulta imprescindible para poder trabajar en el país, tanto por cuenta ajena como si se es autónomo.

Además, todo empresario o autónomo que quiera contratar a un trabajador está a su vez en la obligación de registrarle en la Seguridad Social.

¿Qué trámites hay que hacer para darse de alta como autónomo en la Seguridad Social?

Así como para comenzar la actividad y darte de alta en autónomos ante Hacienda necesitas rellenar los formularios 036 y 037, para hacerlo en la Seguridad Social deberás presentar el DNI, pasaporte o tarjeta de extranjero y el informe (Modelo TA1) firmado por el trabajador y el empresario.

¿Dónde hay que presentar la documentación?

La documentación hay que presentarla en la oficina de la Seguridad Social o en la Hacienda de la ciudad donde está la empresa.

Lo más recomendable es pedir cita previa para darse de alta en la Seguridad Social a través de la web y así evitar colas.

¿Es posible darse de alta de autónomos en la Seguridad Social vía online?

Sí, de hecho es uno de los múltiples trámites vía online que pueden hacer los autónomos.

  • Altas y bajas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). El alta puedes comunicarla hasta 60 días naturales antes de comenzar la actividad. En cambio, la baja debe comunicarse inmediatamente, en los 3 días naturales después del cese de la actividad.
  • Modificar la actividad.
  • Cambiar la base de cotización, hasta 4 veces en el año natural.
  • Modificar datos en RETA.
  • Solicitar la modificación en la cobertura de contingencias
¿Cuánto tardan en aprobarlo?

El proceso de aprobación es de 45 días, pero si en este período no se han recibido noticias, lo más recomendable es volver de nuevo a la oficina de la Seguridad Social más cercana.

Una vez aprobado, ya es posible trabajar tanto por cuenta ajena como propia, y cotizar en la Seguridad Social, así como beneficiarse de los servicios que ofrece.

¿Cuál es la cuota mínima de autónomos?

En 2019 la base mínima de cotización aumentó un 1,25 %, y tendrá continuidad en los próximos años: en 2020 la base mínima de cotización será del 30,3 % y del

30,6 % en 2021.

En 2019 la cuota mínima se sitúa en 283,3 euros al mes, sin embargo otra de las novedades para los autónomos en 2019 han sido las nuevas coberturas sociales: prestaciones con contingencias profesionales, cese de actividad y formación.

Preguntas frecuentes sobre darse de baja en la Seguridad Social si eres autónomo

¿Quién puede darse de baja en la Seguridad Social?

Todas aquellas personas que estén de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o autónomos dentro de la Seguridad Social.

Cómo puedo darme de baja en la Seguridad Social

Si vas a cesar tu actividad como autónomo, deberás darte de baja en Hacienda y en la Seguridad Social. Puedes hacerlo tanto a nivel presencial como online.

Para darte de baja en la Seguridad Social deberás presentar la solicitud de baja en el RETA o en la oficina más cercana presentando el modelo TA.0521-V. Y cumplimentar la información relacionada con tu actividad: código IAE de la actividad, fecha efectiva del cese de la actividad y la provincia.

Es recomendable guardar el justificante de la resolución de la baja.

¿Cuánto suele tardar en hacerse efectiva la baja?

La baja en autónomos en la Seguridad Social suele tardar 3 días naturales desde el cese de la actividad hasta la tramitación de la misma.

¿Cuántas veces puedo darme de baja en autónomos?

Puedes darte de baja como autónomo hasta en 3 ocasiones en un mismo año, en lugar de dos como se venía haciendo hasta 2017.

Cuando se tramita la baja, la cotización del mes se paga por día efectivo de trabajo, y no la cuota completa. Sin embargo, si te das de baja más de tres veces, entonces sí se deberá pagar la cuota completa.

Lo mismo ocurre con las altas, una opción muy interesante para quienes desarrollan una actividad económica estacional.

¿Puede un autónomo cobrar estando de baja?

Pese a todas las afirmaciones que puedan escucharse por ahí, un autónomo sí puede cobrar estando de baja. La cuestión es si le compensa dada su actividad profesional o las características de su negocio.

Lo recomendable es utilizar una calculadora de baja de autónomos como la que LABORAL Kutxa pone a tu disposición, según el tipo de baja, la base de cotización y el número de días que estaría de baja.


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