Vehículos de Movilidad Personal: todo lo que tienes que saber para circular con seguridad

Vehículos de Movilidad Personal: todo lo que tienes que saber para circular con seguridad

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Vehículos de Movilidad Personal: todo lo que tienes que saber para circular con seguridad

El precio de los combustibles, la conciencia medioambiental y los problemas de tráfico de las ciudades, todo ha contribuido a que bicicletas y patinetes eléctricos se hayan multiplicado en nuestras ciudades. En España ya circulan más de 20.000 vehículos de este tipo y, a la espera de que se decidan aspectos clave que regularán su uso, en LABORAL Kutxa contestamos todas tus dudas respecto a este tipo de movilidad y, por supuesto, te ofrecemos la cobertura que necesitas para viajar con total tranquilidad.

¿Qué son los Vehículos de Movilidad Personal?

Como habrás comprobado hay una gran variedad de vehículos. Los más habituales en ciudad son las bicicletas eléctricas y los patinetes eléctricos pero existen también overboards que ofrecen un pedal horizontal sin manillar que avanza y gira en función de los movimientos de la persona que se haya subido encima, y los Segways, los primeros vehículos eléctricos que intentaron revolucionar la movilidad en las ciudades.

En cualquier caso se dividen en dos categorías: los que circulan a menos de 20 kilómetros por hora y se pueden asimilar a bicicletas eléctricas y los que circulan a mayor velocidad y serían asimilables a ciclomotores.

¿Quién los regula y por dónde pueden circular?

En la actualidad su regulación depende de los Ayuntamientos, aunque es posible que sea la DGT quien los regule en el futuro. En la mayor parte de los municipios que se han pronunciado sobre este tema, se permite la circulación de los patinetes eléctricos por todos los espacios donde se permite la circulación de bicicletas. En algunos municipios, se establece que la persona usuaria debe tener al menos 15 años y tiene la obligación de llevar casco. En otros, la edad mínima son 16 años.

De momento el seguro no es obligatorio, pero la recomendación es contratar uno que asegure la responsabilidad civil derivada del uso, ya que circular en torno a los 20 kilómetros por hora en zonas donde existe tráfico rodado y circulan otros vehículos puede causar daños importantes.

¿Por dónde pueden circular?

Existe todavía un gran vacío de legislación en torno a estos vehículos, pero los ayuntamientos que se han pronunciado han sido claros y han aplicado la misma regulación que a las bicicletas. Eso significa que los VMP deben circular por el carril bici o por las vías de circulación para tráfico rodado cuando se trate de tráfico calmado, pero nunca por la acera donde ponen en peligro a otros peatones, particularmente al colectivo de personas con movilidad reducida.

Lo más seguro es que la acera quede siempre reservada a los peatones o a vehículos como los que usan las personas con discapacidad o los menores de 12 años que circulan con bicicletas. Y por supuesto, estos vehículos deben respetar siempre las normas generales de circulación lo que significa, por ejemplo, que no pueden ir en dirección contraria a la que indique el carril.

¿Qué ocurre con el aparcamiento?

Nuestra movilidad personal no puede suponer un problema a la convivencia en las ciudades, por lo que debemos guardar las esenciales normas de urbanidad cuando dejemos nuestros vehículos aparcados. Lo mejor es usar los aparcamientos para bicicletas y, si no podemos hacerlo, asegurarnos de no entorpecer el uso de las aceras, particularmente y como decíamos antes, para no perjudicar a personas con movilidad reducida, un colectivo por cuyos derechos todos y todas debemos velar.

¿Qué otras medidas de seguridad conviene tomar?

Es una buena pregunta porque ya se han registrado los primeros accidentes con este tipo de vehículos. En 2018 hubo en España 38 accidentes de distinta consideración, uno de ellos con resultado de muerte. Entre las ciudades de nuestro entorno, Vitoria-Gasteiz fue la que más accidentes registro, 4 en total.

Por tanto, hay que tener cuidado y con el aumento de este tipo de vehículos más todavía. La primera medida a tener en cuenta es, como hemos dicho, respetar las reglas de tráfico. La segunda: llevar casco. Es lo más prudente siempre que nos estemos ayudando de algún medio mecánico para desplazarnos, como en este caso. Y, por supuesto, en vehículos con motor, cualquier elemento de visibilidad que reduzca riesgos, particularmente por la noche o con baja visibilidad será bienvenido.

¿Cómo puedo asegurar mi VMP?

En LABORAL Kutxa podemos añadir una garantía opcional a tu seguro de Hogar o de Coche en caso de que lo necesites. Todo depende de si eres la persona propietaria y de qué uso haces del vehículo. Te contamos ambos casos.
  • Si eres la persona propietaria, podrás contratar una nueva garantía opcional de Responsabilidad Civil en tu seguro de Hogar o de Coche que ofreceremos con un límite de 60.000 euros y que dará cobertura a cualquier daño material o personal que las personas aseguradas de la póliza pudieran causar mientras circulan con estos vehículos por solo 15 euros al año.
  • En caso de no ser propietario o si eres usuario ocasional pero no frecuente, es decir, si lo usas menos de 8 veces al mes, tendrás una cobertura de hasta 60.000 euros dentro de la Responsabilidad Civil familiar de la póliza. Esta garantía se ha hecho extensiva de forma automática a toda la cartera de Hogar a partir del 1 de octubre de 2019.
En ambos casos las coberturas pueden aumentarse hasta los 150.000 euros y siempre incluyen Defensa jurídica y Reclamación de daños.

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